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Permisos de Trabajo en Panamá | Requisitos y Procedimientos

Permisos de trabajo en Panamá según Decreto Ejecutivo No.6 – Arispe Abogado
Arispe Abogado – Asesoría en permisos de trabajo en Panamá según Decreto Ejecutivo No. 6 de 2023

Permisos de trabajo en Panamá según el Decreto Ejecutivo No. 6 de 2023

Conozca las categorías, requisitos y costos de los permisos de trabajo vigentes en Panamá para trabajadores extranjeros, establecidos por el Decreto Ejecutivo No. 6 del 13 de abril de 2023. MITRADEL es la autoridad competente en estos trámites.

Arispe Abogado: Todo lo que necesitas saber sobre los permisos de trabajo en Panamá

Marco legal actualizado: Decreto Ejecutivo No. 6 del 13 de abril de 2023

El Decreto Ejecutivo No. 6 del 13 de abril de 2023 regula de manera integral los permisos de trabajo para extranjeros en Panamá. Esta normativa establece los requisitos, categorías y procedimientos que deben seguir los extranjeros que deseen laborar legalmente en el país.

📌 La autoridad competente para estos trámites es el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL).

Clasificación de los permisos de trabajo en Panamá

  • Temporales
  • Leyes Especiales
  • Mano de obra local
  • Condiciones Especiales
  • Políticas Especiales Económicas y de Inversión
  • Protección Humanitaria por el Estado Panameño
  • Porcentajes autorizados por el Código de Trabajo
  • Permiso de Trabajo por Protección

Costos de Permiso de Trabajo

A continuación las diferentes clasificaciones a las que pudiera aplicar el trabajador extranjero en Panamá:

Temporales

  • Técnicos temporales
  • Deportistas
  • Artistas
  • Trabajadores de Espectáculos Nocturnos

Leyes Especiales

  • Ejecutivo por Empresa de la Zona Libre de Colón (ZLC)
  • Personal Temporal de Empresa Multinacional (EMMA)
  • Piloto o Personal Especializado de Aviación Comercial
  • Dependiente de Trabajador Migrante con Visa o Permiso de Residencia
  • Contratado por un Empleador Autorizado Dentro del Régimen de la Fundación Ciudad del Saber (FCS)
  • Contratado dentro del Área Panamá Pacífico (APP)
  • Contratado por un Empleador Dentro del Régimen de Zonas Francas u otro Régimen Económico Especial

Mano de Obra Local

  • Matrimonio vigente
  • Diez (10) o más años de residencia en Panamá
  • Por patria potestad – Cónyuge de nacionalidad panameña en caso de viudez
  • Por patria potestad – Hijos de cónyuge panameño en caso de divorcio
  • Tratados de amistad, comercio y navegación
  • Reagrupación familiar
  • Residente permanente especial por recomendación presidencial
  • Dependiente de personal diplomático, consular o de organismos internacionales

Bajo la Protección del Estado Panameño

  • Refugiados: Admitido a trámite, reconocido, con residencia permanente
  • Apátrida
  • Asilado político
  • Víctima de trata
  • Temporal por razones humanitarias

Condiciones migratorias especiales (Cuenta propia / Cuenta ajena)

  • Trabajador migrante profesional
  • Estudiante (razones de educación)
  • Reagrupación familiar
  • Permiso de residencia por programas de regularización migratoria
  • Nacionales de países específicos con relaciones amistosas, profesionales o económicas con Panamá

Políticas especiales económicas y de inversión

  • Políticas especiales
  • Inversionista calificado
  • Solvencia económica propia
  • Países específicos con relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión

Porcentajes autorizados por el Código de Trabajo

  • Personal de micro o pequeño empleador (MIPE)
  • Personal ordinario dentro del 10% del total de los trabajadores
  • Especialista o técnico dentro del 15%
  • Personal de confianza dentro del 15%
  • Personal de confianza de empleador con transacciones internacionales

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En Arispe Abogado te asesoramos en cada paso del proceso para tramitar tu permiso de trabajo conforme a la legislación panameña.

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