Administrador de Propiedad Horizontal en Panamá

En Panamá, la figura del Administrador o Administradora de la Propiedad Horizontal (PH) es clave para el buen funcionamiento de edificios, conjuntos residenciales y comerciales bajo el régimen de propiedad horizontal. Sus funciones están reguladas principalmente por la Ley 284 de 2022 y el Reglamento de Copropiedad de cada PH.
En Arispe Abogado, brindamos asesoría legal especializada para administradores, propietarios y juntas directivas, asegurando el cumplimiento normativo y la correcta gestión de la propiedad horizontal.
Funciones del Administrador o Administradora de PH.
Artículo 93 - Ley 284 de 2022
El administrador tendrá las obligaciones que le confieran esta Ley, su reglamentación, las que le otorguen el Reglamento de Copropiedad, la Asamblea de Propietarios y la Junta Directiva, así como las siguientes:
- Velar por el cumplimiento estricto de las disposiciones de la Ley, Reglamento de Copropiedad y decisiones de Asamblea o Junta Directiva.
- Ejecutar labores ordinarias de administración y conservación conforme al presupuesto aprobado.
- Velar por el orden, uso adecuado de unidades y cumplimiento de medidas sanitarias y de conservación.
- Exigir a los propietarios el cumplimiento de sus deberes e informar a la Junta Directiva sobre infracciones.
- Representar a la Asamblea en procesos de cobro cuando así lo apruebe la Junta Directiva.
- Proponer contratos necesarios para las labores cotidianas de administración.
- Celebrar contratos aprobados conforme al reglamento y presupuesto.
- Nombrar y remover empleados según presupuesto aprobado o supervisión de la Junta.
- Recaudar cuotas de mantenimiento y manejar caja menuda asignada.
- Notificar a acreedores hipotecarios sobre morosidades de cuatro meses o más.
- Desglosar y reportar mensualmente la recaudación al fondo para imprevistos.
- Ordenar reparaciones urgentes en áreas comunes.
- Solicitar reparaciones urgentes a propietarios cuando afecten otras unidades.
- Convocar Asambleas extraordinarias según la Ley.
- Elaborar presupuesto e informes para aprobación anual de la Asamblea.
- Presentar balances mensuales detallando ingresos y egresos.
- Asistir en la redacción de actas en Asambleas si así se decide.
- Emitir certificaciones en ausencia del secretario.
- Entregar copias de actas a propietarios en máximo tres días.
- Suministrar copia del Reglamento de Copropiedad y de Uso al propietario que lo solicite.
- Expedir paz y salvo de cuotas en un máximo de tres días calendario.
- Depositar fondos en bancos según lo determine la Junta Directiva.
- Entregar todos los documentos administrativos al finalizar su gestión.
- Ejercer cualquier otra función establecida por la ley, reglamentos o Asamblea.
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