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Residencia Temporal en Panamá Arispe Abogado

Residencia Temporal en Panamá - Asesoría legal con Arispe Abogado
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Residencia Temporal en Panamá: Requisitos y Tipos de Permisos

¿Quieres vivir y trabajar legalmente en Panamá de forma temporal? En Arispe Abogado, te orientamos en todo el proceso para obtener tu residencia temporal, cumpliendo la normativa vigente y evitando retrasos o sanciones legales.

La residencia temporal permite a los extranjeros permanecer en Panamá por un período determinado, con autorización para trabajar, estudiar o reunirse con familiares. Está regulada por el Decreto Ejecutivo No. 6 de 2023, que establece diferentes categorías de permisos.

1. Permisos Temporales por Razones Laborales

La vigencia de estos permisos será anual, hasta un total de seis (6) años. Luego de cumplir este término, se puede solicitar la residencia permanente. No aplica para categorías humanitarias, educativas ni leyes especiales.

1.1. Personal Contratado por el Gobierno o Entidades Autónomas

Aplica para extranjeros que prestan servicios bajo contratación directa del gobierno nacional o entidades autónomas y semiautónomas.

1.2. Personal Contratado por Empresas con Contrato con el Gobierno

La contratación debe respetar porcentajes establecidos: 10 % del personal ordinario y 15 % del especializado.

1.3. Ejecutivos en la Zona Libre de Colón

Para funcionarios con roles ejecutivos o técnicos especializados en empresas autorizadas en la Zona Libre de Colón, con salario mínimo de B/.2,000.00.

2. Permisos Temporales por Inversión

La vigencia es de seis (6) años, prorrogable cada dos años, luego de lo cual puede solicitarse la residencia permanente.

2.1. Inversionista Agrario

Persona natural o jurídica que invierta un mínimo de B/.60,000.00 en industria agropecuaria o acuícola. Se adicionan B/.500.00 por dependiente.

2.2. Inversionista Forestal

Inversión mínima de B/.60,000.00 en reforestación o plantaciones forestales de al menos 3 hectáreas. Cada dependiente incrementa la inversión en B/.2,000.00.

3. Permisos por Políticas Especiales

3.1. Industria Cinematográfica y Audiovisual

Aplica a productores, actores y técnicos bajo la Ley No. 36 de 2007.

3.2. Fundación Ciudad del Saber

Para investigadores, profesores, empresarios y estudiantes certificados por la Fundación Ciudad del Saber.

4. Permisos por Razones Educativas

Para estudiantes extranjeros a tiempo completo en instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación. Trabajo solo permitido en prácticas o pasantías. Vigencia anual prorrogable hasta seis años.

5. Permisos por Razones Religiosas

Vigencia anual hasta un máximo de seis años.

6. Permisos Humanitarios

Para situaciones de enfermedad, discapacidad, abandono o desamparo. Vigencia máxima de seis años o retorno voluntario.

7. Reagrupación Familiar

Cónyuges, hijos menores de 18 y padres del residente temporal pueden solicitar el permiso. Hijos de 18–25 años si estudian y dependen económicamente. Incluye tutela o guarda y crianza acreditada.

8. Programas Educativos de Entidades Sin Fines de Lucro

Para extranjeros de 18–30 años que participen en intercambios, prácticas o pasantías aprobadas por el Ministerio de Educación.

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