El MIVIOT acogerá todos los trámites de Propiedad Horizontal
El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial a través de la Dirección de Propiedad Horizontal tiene dentro de sus funciones:
- Recibir y resolver las solicitudes de constitución del Régimen de Propiedad Horizontal.
- Examinar y aprobar los Reglamentos de Copropiedad
- Dar respuesta a las consultas técnicas o legales relativas al régimen y expedir las certificaciones que correspondan.
- Funcionar como instancia mediadora y orientadora en los conflictos que puedan presentarse entre las partes de una propiedad horizontal.
- Solicitar a la Junta Directiva el informe auditado de su gestión, así como también, el informe actualizado de lo recaudado en el Fondo para Imprevistos, como intermediario impuesto por al menos el 20% de los propietarios que así lo requieran.
- Verificar la forma, fondo y contenido de las actas y resoluciones de las sesiones de asamblea antes de su inscripción en el Registro Público.
- Velar por el cumplimiento de cada uno de los artículos contenidos en esta Ley de Propiedad Horizontal Panamá.
- Sancionar cuando así lo considere prudente a quienes incumplan lo dispuesto en esta ley y en los reglamentos respectivos. Dichas sanciones serán por una cantidad mínima de quinientos balboas (B/500.00) y máxima de cinco mil balboas (B/5,000.00).
- Este organismo se compromete a capacitar en materia del Régimen de Propiedad Horizontal a promotores, propietarios y administradores.
- Dictaminar y ejecutar temporalmente medidas en las propiedades horizontales que presenten violaciones flagrantes de los derechos de la constitución política y las leyes de la república.
- Cualquier otro que le confiera esta ley y su reglamento.